Chile desarrolla primera norma para el uso de drones en LATAM
Chile instauró el viernes pasado una ley para controlar el vuelo de aeronaves piloteadas a distancia, atendiendo los desafíos que suponen este tipo de dispositivos al sistema aeronáutico. La norma está dirigida a entidades, personas naturales e instituciones que prestan servicios a la comunidad con el fin de contribuir e incrementar la seguridad de la aviación y el uso de los espacios públicos.
“Los drones llegaron para quedarse. Es una tecnología que ha sobrepasado la capacidad de las agencias para regular su uso”, dijo el director de la Dirección General de Aeronáutica Civil de Chile (DGAC), General de Aviación Maximiliano Larraechea. Y agregó: “Nosotros hemos abierto una pequeña ventana y hemos escalado dando un primer paso en cuanto a normar una alternativa de uso para aquellas cosas que antes era imposible regular”.
Esta regulación, llamada DAN 151, regulará el uso de drones con fines públicos principalmente de empresas y medios de prensa, prohibiendo el uso de aparatos de más de 6 kilos y haciendo obligatorio el uso de un paracaídas para evitar accidentes.
Entre otros puntos de esta normativa se encuentran:
- No se podrán utilizar en un área de dentro de los dos kilómetros alrededor de un aeródromo o aeropuerto.
- No se podrán utilizar en áreas restringidas y prohibidas por la DGAC.
- No se podrán utilizar en vuelos nocturnos.
- No podrán operar a una distancia máxima de 500 metros, a una altura máxima de 130 metros.
- Queda prohibido además su utilización en áreas donde se combaten incendios.
Adicionalmente, la DGAC determinó que estas aeronaves podrán ser voladas en los domicilios de sus dueños, pero no a más de 130 metros de altura, o fuera de zonas urbanas. Quienes transgredan esta normativa deberán pagar multas de hasta los $ 36.000.